CASOS EN ESTUDIO, DE ÉXITO Y CONSEJOS


El Caso de Esperanza y su Reclamación Laboral

La conciliación laboral es un proceso mediante el cual el trabajador y la empresa intentan llegar a un acuerdo sobre un conflicto laboral antes de que se inicien acciones legales. Este mecanismo es fundamental en el sistema legal español, ya que busca resolver disputas de forma amistosa y evitar el desgaste emocional y económico que puede suponer un juicio.

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La cuantía mínima del baremo LISOS como derecho necesario

En un caso llevado por esta parte con Vulneración de Derechos Fundamentales ante una administración ya que esta ha excluido del convenio colectivo del persona laboral a las personas contratadas en los planes de empleo.Se estimaron las demandas por las relaciones laborales establecidas en el año 2020, en la cual se recurrió por parte a la administración. En el año 2022, vuelve a suceder lo mismo, volviendo a estimarnos las demanda (dejo imagen) por vulneración DDFF aplicando el baremo de la LISOS, que yo lo había estimado en 7.150 € y su señoría de instancia los estimó en 6.251 €, habiendo expuesto en mis alegatos que se debe realizar un indemnización no prudente, y sí ejemplar por la reiteraciones en la inaplicación de las normas y a demás por no aplicar las sentencias anteriores. La administración recurre en suplicación (recurre todo) y yo impugno (dejo imagen de la impugnación)Cuál es mi sorpresa (no en el acto de juicio en la que el Ministerio Fiscal estaba en la tesis de no haber vulneraciones) que el Ministerio Fiscal impugna (dejo imagen) parcialmente la sentencia de instancia, en la cual se basa en estimar la indemnización prudencialmente en 300 €.Yo diría que más que prudencialmente, ha llegado a un límite de irresponsabilidad jurídica, con todos mis respetos.Bueno... ahora está en el tejado del TSJA de Sevilla, que ya estableció en año anterior que había vulneraciones por mismos hechos, en fin...

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Defensa de un despido disciplinario por contravenir la buena fe contractual

¡Buenas noticias! Hemos podido conseguir que nuestro cliente (empresa sector restauración) le den la razón en la defensa de un despido disciplinario por contravenir la buena fe contractual.La empresa ante la sospecha de posibles hurtos reiterados, ya que no le cuadraba las cuentas, se decidió la intervención de un detective y la instalación de una cámara. Se sopesó mucho esta opción, pero la colocación de la grabación viene precedida de la existencia de indicios existente sobre el centro de trabajo.📚 En este caso tanto nuestra defensa como Ministerio Fiscal sostuvimos que concurren excepcionales requisitos sobre la idoneidad necesidad y proporcionalidad (avalado por la jurisprudencia: La STS de 22 de julio de 2022 rec 701/2021) de la grabación utilizada a raíz de los indicios previos recabados por la empresa lo que determinaría la licitud de la misma. La STEDH 17 de octubre de 2019 (López Ribalda II) examina, precisamente, la compatibilidad con el artículo 8 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950, de esta vigilancia "encubierta". También la STS 817/2021, 21 de julio de 2021 (rcud 4877/2018), reiterada por la STS 60/2022, 25 de enero de 2022 (rcud 4468/2018),En definitiva...:- La medida es idónea- La medida es proporcionada.Estamos aquí para ayudar y garantizar que se haga justicia social.

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TSJ DE MALAGA CONDENA A LA SEGURIDAD SOCIAL AL INCREMENTO DE BASE REGULADORA DE INCAPACIDAD TEMPORAL

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha emitido una sentencia trascendental que reconoce el derecho de un trabajador afectado por una incapacidad permanente. En esta sentencia, se establece que las lagunas de cotización deben integrarse en el cálculo de la base reguladora de la prestación. Como resultado, el importe de la base reguladora ha aumentado significativamente, pasando de 556 euros a 845 euros. 

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Modificación Sustancial de las condiciones de trabajo

En este caso, nos encontramos ante una trabajadora que solía cambiar de horario de manera acordada entre ambas partes y por motivos organizativos justificados.Hace dos meses, la trabajadora causó baja médica debido a una incapacidad temporal. Recientemente, recibimos la noticia de que había sido dada de alta médica y la empresa le comunicó la necesidad de realizar un nuevo cambio de horario, tal como se había acordado anteriormente. Sin embargo, nos llevamos una sorpresa cuando el médico anuló el alta médica, lo que significa que la trabajadora sigue en situación de incapacidad temporal.La interesante y sorprendente de este caso es que la empres recibe una comunicación del juzgado de lo social con una demanda por modificación sustancial de las condiciones de trabajo.Actualmente, estamos estudiando detenidamente el caso para poder defender de manera justa y sólida los intereses de la empresa.Este caso es importante recordar la importancia de estar preparados para enfrentar situaciones inesperadas y defender nuestros derechos como empresa en este caso. Estamos comprometidos con brindar un entorno laboral justo y respetuoso.A medida que avancemos en el estudio del caso y en la defensa de la empresa, estaré compartiendo actualizaciones sobre los acontecimientos y los resultados obtenidos. No obstante, tendremos muuucho tiempo ya que la citación es para yaaaa, en FEBRERO DE 2025.¡Seguiremos trabajando arduamente para garantizar que nuestras decisiones estén respaldadas por la legalidad y el bienestar de todos los involucrados!#sectorSanitario #defensaEmpresarial #justiciaLaboral

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